Artículo 103

Modificación del Reglamento (UE) n.o167/2013

En el artículo 17, apartado 5, del Reglamento (UE) n.o 167/2013, se añade el párrafo siguiente:

«Al adoptar actos delegados en virtud del párrafo primero relativos a sistemas de inteligencia artificial que sean componentes de seguridad en el sentido del Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo (*), se tendrán en cuenta los requisitos establecidos en el capítulo III, sección 2, de dicho Reglamento.

Frequently Asked Questions

La modificación establece que al crearse reglas específicas mediante actos delegados sobre sistemas de inteligencia artificial usados como componentes de seguridad en vehículos agrícolas y forestales, se deben considerar cuidadosamente los requisitos definidos en el Reglamento (UE) 2024/1689, reforzando así su seguridad.
El Reglamento mencionado es el (UE) 2024/1689, conocido como Ley de Inteligencia Artificial o AI Act, que proporciona requisitos específicos destinados a garantizar la seguridad y transparencia de los sistemas con inteligencia artificial, especialmente aquellos que cumplen funciones críticas como componentes de seguridad en vehículos agrícolas y forestales.
La referencia es importante porque el Capítulo III, Sección 2, del AI Act establece requisitos específicos en relación con los sistemas de inteligencia artificial de alto riesgo, garantizando que éstos sean fiables, seguros y cumplan con rigurosos estándares de calidad para proteger a usuarios y entornos externos ante posibles problemas técnicas o fallos.
Los actos delegados son instrumentos legales que permiten a la Comisión Europea adaptar y complementar detalles concretos de una legislación existente, en este caso, para definir reglas detalladas acerca del uso adecuado y seguro de los sistemas de inteligencia artificial que se utilizan como componentes esenciales de seguridad en vehículos agrícolas y forestales.

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