Artículo 19

Archivos de registro generados automáticamente

1.   Los proveedores de sistemas de IA de alto riesgo conservarán los archivos de registro a que se refiere el artículo 12, apartado 1, que los sistemas de IA de alto riesgo generen automáticamente en la medida en que dichos archivos estén bajo su control. Sin perjuicio del Derecho aplicable de la Unión o nacional, los archivos de registro se conservarán durante un período de tiempo adecuado para la finalidad prevista del sistema de IA de alto riesgo, de al menos seis meses, salvo que el Derecho de la Unión o nacional aplicable, en particular el Derecho de la Unión en materia de protección de datos personales, disponga otra cosa.

2.   Los proveedores que sean entidades financieras sujetas a requisitos relativos a su gobernanza, sus sistemas o sus procesos internos en virtud del Derecho de la Unión en materia de servicios financieros mantendrán los archivos de registro generados automáticamente por sus sistemas de IA de alto riesgo como parte de la documentación conservada en virtud del Derecho pertinente en materia de servicios financieros.

Frequently Asked Questions

Los archivos de registro generados automáticamente por sistemas de IA de alto riesgo deben conservarse al menos durante seis meses, aunque este período podría ser mayor si así lo especifican leyes nacionales o europeas vigentes, especialmente aquellas relacionadas con la protección de datos personales.
La responsabilidad de conservar los archivos de registro recae en los proveedores de los sistemas de inteligencia artificial de alto riesgo, siempre y cuando dichos archivos permanezcan bajo el control o supervisión de estos proveedores, conforme lo estipulado en la regulación de la Unión Europea conocida como la Ley de IA.
Sí, existen excepciones. Aunque el periodo mínimo general de conservación es de seis meses, ciertas leyes nacionales o europeas pueden establecer periodos diferentes o específicos, especialmente aquellas relacionadas con la protección de datos personales o requerimientos regulatorios concretos aplicados a ciertos sectores económicos o ámbitos específicos.
Sí, cuando una entidad financiera use sistemas de inteligencia artificial considerados de alto riesgo, estará obligada también por las regulaciones específicas de la Unión Europea sobre servicios financieros a conservar esos registros automáticos generados por la IA, integrándolos en su documentación requerida por leyes financieras aplicables.

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