{"id":20275,"date":"2025-03-05T14:10:42","date_gmt":"2025-03-05T14:10:42","guid":{"rendered":"https:\/\/rgpd.com\/recitals-ai-act\/considerando-53\/"},"modified":"2025-03-05T14:22:30","modified_gmt":"2025-03-05T14:22:30","slug":"considerando-53","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/rgpd.com\/es\/reglamento-de-inteligencia-artificial\/preambulo\/considerando-53\/","title":{"rendered":"Considerando 53"},"content":{"rendered":"<p class=\"oj-normal\">Tambi\u00e9n es importante aclarar que pueden existir casos espec\u00edficos en los que los sistemas de\u00a0IA referidos en \u00e1mbitos predefinidos especificados en el presente Reglamento no entra\u00f1en un riesgo considerable de causar un perjuicio a\u00a0los intereses jur\u00eddicos amparados por dichos \u00e1mbitos, dado que no influyen sustancialmente en la toma de decisiones o\u00a0no perjudican dichos intereses sustancialmente. A\u00a0efectos del presente Reglamento, por sistema de\u00a0IA que no influye sustancialmente en el resultado de la toma de decisiones debe entenderse un sistema de\u00a0IA que no afecta al fondo, ni por consiguiente al resultado, de la toma de decisiones, ya sea humana o\u00a0automatizada. Un sistema de\u00a0IA que no influye sustancialmente en el resultado de la toma de decisiones podr\u00eda incluir situaciones en las que se cumplen una o\u00a0varias de las siguientes condiciones. La primera de dichas condiciones debe ser que el sistema de\u00a0IA est\u00e9 destinado a\u00a0realizar una tarea de procedimiento delimitada, como un sistema de\u00a0IA que transforme datos no estructurados en datos estructurados, un sistema de\u00a0IA que clasifique en categor\u00edas los documentos recibidos o\u00a0un sistema de\u00a0IA que se utilice para detectar duplicados entre un gran n\u00famero de aplicaciones. La naturaleza de esas tareas es tan restringida y limitada que solo presentan riesgos limitados que no aumentan por la utilizaci\u00f3n de un sistema de IA en un contexto que un anexo al presente Reglamento recoja como uso de alto riesgo. La segunda condici\u00f3n debe ser que la tarea realizada por el sistema de\u00a0IA est\u00e9 destinada a\u00a0mejorar el resultado de una actividad previa llevada a\u00a0cabo por un ser humano, que pudiera ser pertinente a\u00a0efectos de las utilizaciones de alto riesgo enumeradas en un anexo del presente Reglamento. Teniendo en cuenta esas caracter\u00edsticas, el sistema de\u00a0IA solo a\u00f1ade un nivel adicional a\u00a0la actividad humana, entra\u00f1ando por consiguiente un riesgo menor. Esa condici\u00f3n se aplicar\u00eda, por ejemplo, a\u00a0los sistemas de\u00a0IA destinados a\u00a0mejorar el lenguaje utilizado en documentos ya redactados, por ejemplo, en lo referente al empleo de un tono profesional o\u00a0de un registro ling\u00fc\u00edstico acad\u00e9mico o\u00a0a la adaptaci\u00f3n del texto a\u00a0una determinada comunicaci\u00f3n de marca. La tercera condici\u00f3n debe ser que el sistema de\u00a0IA est\u00e9 destinado a\u00a0detectar patrones de toma de decisiones o\u00a0desviaciones respecto de patrones de toma de decisiones anteriores. El riesgo ser\u00eda menor debido a\u00a0que el sistema de\u00a0IA se utiliza tras una valoraci\u00f3n humana previamente realizada y no pretende sustituirla o\u00a0influir en ella sin una revisi\u00f3n adecuada por parte de un ser humano. Por ejemplo, entre los sistemas de\u00a0IA de este tipo, se incluyen aquellos que pueden utilizarse para comprobar <span class=\"oj-italic\">a posteriori<\/span> si un profesor puede haberse desviado de su patr\u00f3n de calificaci\u00f3n determinado, a\u00a0fin de llamar la atenci\u00f3n sobre posibles incoherencias o\u00a0anomal\u00edas. La cuarta condici\u00f3n debe ser que el sistema de\u00a0IA est\u00e9 destinado a\u00a0realizar una tarea que solo sea preparatoria de cara a\u00a0una evaluaci\u00f3n pertinente a\u00a0efectos de los sistemas de\u00a0IA enumerados en el anexo del presente Reglamento, con lo que la posible repercusi\u00f3n de los resultados de salida del sistema ser\u00eda muy escasa en t\u00e9rminos de representar un riesgo para la subsiguiente evaluaci\u00f3n. Esa condici\u00f3n comprende, entre otras cosas, soluciones inteligentes para la gesti\u00f3n de archivos, lo que incluye funciones diversas tales como la indexaci\u00f3n, la b\u00fasqueda, el tratamiento de texto y del habla o\u00a0la vinculaci\u00f3n de datos a\u00a0otras fuentes de datos, o\u00a0bien los sistemas de\u00a0IA utilizados para la traducci\u00f3n de los documentos iniciales. En cualquier caso, debe considerarse que los sistemas de\u00a0IA utilizados en casos de alto riesgo enumerados en un anexo del presente Reglamento presentan un riesgo significativo de menoscabar la salud y la seguridad o\u00a0los derechos fundamentales si el sistema de\u00a0IA conlleva la elaboraci\u00f3n de perfiles en el sentido del art\u00edculo\u00a04, punto\u00a04, del Reglamento (UE)\u00a02016\/679, del art\u00edculo\u00a03, punto\u00a04, de la Directiva (UE)\u00a02016\/680 o\u00a0del art\u00edculo\u00a03, punto\u00a05, del Reglamento (UE)\u00a02018\/1725. Para garantizar la trazabilidad y la transparencia, los proveedores que, bas\u00e1ndose en las condiciones antes citadas, consideren que un sistema de\u00a0IA no es de alto riesgo, deben elaborar la documentaci\u00f3n de la evaluaci\u00f3n previamente a\u00a0la introducci\u00f3n en el mercado o\u00a0la entrada en servicio de dicho sistema de IA y facilitarla a\u00a0las autoridades nacionales competentes cuando estas lo soliciten. Dichos proveedores deben tener la obligaci\u00f3n de registrar el sistema en la base de datos de la\u00a0UE creada en virtud del presente Reglamento. Con el fin de proporcionar orientaciones adicionales sobre la aplicaci\u00f3n pr\u00e1ctica de las condiciones con arreglo a\u00a0las cuales los sistemas de\u00a0IA enumerados en un anexo del presente Reglamento no se consideran, con car\u00e1cter excepcional, de alto riesgo, la Comisi\u00f3n debe, previa consulta al Consejo de\u00a0IA, proporcionar directrices que especifiquen dicha aplicaci\u00f3n pr\u00e1ctica, completadas por una lista exhaustiva de ejemplos pr\u00e1cticos de casos de uso de sistemas de\u00a0IA que sean de alto riesgo y de casos de uso que no lo sean.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Tambi\u00e9n es importante aclarar que pueden existir casos espec\u00edficos en los que los sistemas de\u00a0IA referidos en \u00e1mbitos predefinidos especificados en el presente Reglamento no entra\u00f1en un riesgo considerable de causar un perjuicio a\u00a0los intereses jur\u00eddicos amparados por dichos \u00e1mbitos, dado que no influyen sustancialmente en la toma de decisiones o\u00a0no perjudican dichos intereses sustancialmente. 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