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RGPD

Artículo 93

Poderes para solicitar la adopción de medidas

1.   Cuando resulte necesario y conveniente, la Comisión podrá solicitar a los proveedores que:

a)

adopten las medidas oportunas para cumplir las obligaciones establecidas en los artículos 53 y 54;

b)

apliquen medidas de reducción de riesgos cuando la evaluación realizada de conformidad con el artículo 92 apunte a que existen motivos serios y fundados de preocupación por la existencia de un riesgo sistémico a escala de la Unión;

c)

restrinjan la comercialización del modelo, lo retiren o lo recuperen.

2.   Antes de solicitar que se adopten medidas, la Oficina de IA podrá entablar un diálogo estructurado con el proveedor del modelo de IA de uso general.

3.   Si, durante el diálogo estructurado a que se refiere el apartado 2, el proveedor del modelo de IA de uso general con riesgo sistémico se compromete a adoptar medidas de reducción para hacer frente a un riesgo sistémico a escala de la Unión, la Comisión podrá, mediante una decisión, hacer dichos compromisos vinculantes y declarar que no hay ya motivos para actuar.

Preguntas habituales

Preguntas frecuentes

¿Qué tipo de acciones puede pedir la Comisión a los proveedores según este artículo?
La Comisión puede pedir a los proveedores que adopten medidas específicas, como cumplir ciertas obligaciones legales, reducir riesgos identificados o incluso retirar del mercado un modelo de inteligencia artificial si se determina que representa un riesgo grave para los ciudadanos de la Unión Europea, luego de realizar una evaluación detallada del riesgo que presenta la tecnología.
¿Qué es el diálogo estructurado mencionado en este artículo?
El diálogo estructurado es una conversación formal y organizada entre la Oficina encargada de supervisar la inteligencia artificial y los proveedores del modelo específico, que se lleva a cabo para encontrar soluciones conjuntas antes de imponer medidas obligatorias, ayudando así a resolver posibles riesgos en conjunto con los proveedores.
¿Qué sucede si un proveedor acepta voluntariamente realizar cambios durante el diálogo?
Si un proveedor acuerda voluntariamente aplicar cambios y medidas para reducir posibles riesgos durante el diálogo estructurado, la Comisión puede formalizar legalmente este compromiso, haciéndolo obligatorio para el proveedor y concluyendo que ya no es necesario seguir con otras medidas adicionales en ese caso específico.
¿En qué situaciones concretas puede intervenir la Comisión Europea según este artículo?
La Comisión puede intervenir cuando detecte problemas graves, fundamentados y confirmados, relacionados con riesgos importantes que afectan a toda la Unión Europea, derivados del uso o distribución de modelos específicos de inteligencia artificial, buscando prevenir daños que puedan surgir de situaciones riesgosas y sistémicas a nivel europeo.